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sábado 7 de junio de 2008

DIVORCIO ONLINE POR MUTUO ACUERDO o SEPARADO DE HECHO MAS DE TRES AÑOS para Rosarinos en la Argentina y en el Extranjero. Conozca el trámite judicial

Conozca esta Guía Práctica para tramitar su divorcio de mutuo acuerdo en Rosario, estos son los pasos a seguir:
1. Solicitud del Servicio mediante Formulario de Contacto: (REQUISITO: AMBOS CONYUGES DE ACUERDOS EN DIVORCIARSE, SER ROSARINO EN ARGENTINA O EN EL EXTRANJERO, MÁS DE 3 AÑOS DE CASADOS, QUE SEA EL ÚLTIMO DOMICILIO CONYUGAL EN ROSARIO).
2. Recepción del Formulario
3. Redacción y Envío de la Demanda
4. Firma
5. Inicio de Expediente ante los Juzgados de Familia de Rosario (competente), asistencia a primera y segunda Audiencia de Conciliación y Sentencia.
Para mayor información podrá contactarse con nuestro abogado rosarino especialista en Derecho de Familia, que tiene 9 años de experiencia en este tipo de trámites.
Ver...

QUE REQUISITOS SE DEBEN CUMPLIR PARA SOLICITAR DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO?

1)Deberán de estan de acuerdo ambos cónyuges, que pueden ser ciudadanos argentinos o extranjeros, que se casarón oportunamente en rosario o en la argentina.

2)Deberán estar casados en la argentina e inscripto el matrimonio en el Registro Civil de Rosario o en la Argentina y en el supuesto caso de ser matrimonio celebrado en el Extranjero, ver al respecto el Art.161 del Cód.Civil que dice: "La prueba del matrimonio celebrado en el extranjero se rige por el derecho del lugar de celebración.El matrimonio celebrado en la República cuya separación personal haya sido legalmente decretada en el extranjero, podrá ser disuelto en el país en las condiciones establecidas en el artículo 216, aunque el divorcio vincular no fuera aceptado por la ley del Estado donde se decretó la separación. Para ello cualquiera de los cónyuges deberá presentar ante el juez de su actual domicilio la documentación debidamente legalizada.",

3)Deberán estar casados como mínimo 3 años, para presentar el divorcio por mutuo acuerdo en Rosario.
Conforme así lo estable el Art. 215 del Cód.Civil que dice así:"Transcurridos tres años del matrimonio, los cónyuges, en presentación conjunta podrán manifestar al juez competente que existen causas graves que hacen moralmente imposible la vida en común y pedir su divorcio vincular, conforme lo dispuesto en el artículo 236."

4)Deberán expresar las partes, que su último domicilio conyugal fue en el Departamento Rosario, para que sea competente los Juzgados Colegiados de Familia de Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina. En el caso que un o ambos cónyuges vivan en el extranjero, pueden igualmente divorciarse en la argentina enviando un PODER ESPECIAL PARA JUICIO APOSTILLADO.
Conforme así lo esteblece el Art. 164 de Cód.Civil "La separación personal y la disolución del matrimonio se rijen por la ley del último domicilio de los cónyuges sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 161."

4)Se deberán aportar los datos para solicitar las Partidas o Actas ante el Registro Civil correspondiente,como ser: el Acta de Matrimonio de los cónyuges y en caso de tener hijos menores de edad, las respectivas Actas de Nacimientos.

5) Se puede pactar entre ambos cónyuges si existen hijos menores de edad, lo siguiente: Alimentos, Tenencia y Visita)
6) Se puede pactar si existen bienes gananciales, la forma de disolución y adjudiación de bienes, que será homologada judicialmente el convenio sobre el tema patrimonial.



CUALES SON LOS PASOS A SEGUIR PARA SOLICITAR ESTE SERVICIO DE DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO?

PRIMER PASO: CONTACTARSE CON NOSOTROS.
Deberá los cónyuges ponerse en contacto via (FORMULARIO WEB - Click Aquí)o(MSN, SKIPE, CHAT - Click Aquí), para solicitar este servicio y para evacuar sus dudas e inquietudes. Asimismo brindaremos asesoramiento legal y gratuito sobre el tema del Dirvocio Vincular en la Argentina, para rosarinos en la argentina o radicados en el Extranjero.

SEGUNDO PASO: ENVIAREMOS POR EMAIL UN FORMULARIO TIPO, que deberá ser completado y devuelto por email.
Posteriormente al contactarse el solicitante, le enviaremos por email una Formulario que deberá completar con todos los datos personales de los cónyuges, hijos y asimismo le solicitaremos la información sobre los datos de las partidas o actas requeridas ante el Registro Civil de Rosario (servicio de partidas o actas que gestionaremos por nuestra cuenta antes de iniciar el expte.)o en su caso solicitaremos la remisión de dicha documentación si los solicitantes las tuvieren en su poder. Ej. como ser acta de matrimonio y actas de nacimiento de los hijos si hubiere. En el hipotetico de quere convenirse en forma privada el tema de la disolución de los bienes de la sociedad conyugal, si existiere, se le solictará los datos de las dominios de las propiedades y cosas muebles registrable.

TERCER PASO: UNA VEZ DEVUELTO EL FORMULARIO, SE REDACTARÁ POR NOSOTROS UN BORRADOR O MODELO DE LA DEMANDA DE DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO CON LO PACTADO ACCESORIAMENTE.
Una vez obtenidos todos los datos personales y de las partidas y actas respectivas, se redactará un modelo de Demanda de divorcio por mutuo acuerdo, TEMA ACCESORIO: TENENCIA, VISITA Y ALIMENTOS SI HAY HIJOS.
Por un lado los cónyuges podrán pactar en forma accesoria si existieren hijos menores de edad (hasta 21 años) los siguiente items:
A) que progenitor se quedará con la tenencia de los hijos menores y la atribución del hogar conyugal para los menores,
B) que cuota alimentaria se fijará para los hijos menores de edad, forma de actualización del monto y la forma de pago ,
C) el tipo de Regimen de Visitas del padre no conviviente, que puede ser amplio o restringido.
TEMA ACCESORIO-BIENES GANANCIALES Y SU DISOLUCIÓN PACTADA EXTRAJUDICIAL:
Y por otro lado los cónyuges pueden pactar accesoramiento, el tema de la Disolución de los bienes conyugales, que será homologado por el juez el convenio extrajudicial arribado sobre el tema patrimonial. Para ello se solicitará toda la documentación que pueda acreditar los bienes registrables, ej.escrituras, título automotor, etc y los correspondiente avaluos fiscales.

CUARTO PASO: ENVIAREMOS POR EMAIL LA DEMANDA DE DIVORCIO ACORDADA ENTRE AMBOS CÓNYUGES QUE DEBERÁ SER FIRMADA POR AMBOS CÓNYUGES O EN SU CASO SE SOLICITARÁ QUE VENGAN A NUESTRO ESTUDIO A FIRMARLA.
Una vez firmada la demanda acordada, se presentará a los Juzgados de Familia de Rosario, y se le informará como es el procedimiento judicial del trámite de divorcio por mutuo acuerdo (existen dos audiencia, una que deberán concurrir personal las partes y la segunda podrá asistir directamente el apoderado).
En esta etapa, se solicitará a las partes un determinado ANTICIPO DE DINERO a cuenta de GASTOS JUDICIALES, para iniciar el expte.
A continuación se transcribe el respectivo artículo del Código Civil que explica como es el trámite del Divorcio por Mutuo acuerdo.
Art. 236 del Cód.Civil "En los casos de los artículos 205 (SEPARACIÓN PERSONAL) y 215 (DIVORCIO VINCULAR)la demanda conjunta podrá contener acuerdos sobre los siguientes aspectos:
1° Tenencia y régimen de visitas de los hijos;
2° Atribución del hogar conyugal;
3° Régimen de alimentos para los cónyuges e hijos menores o incapaces incluyendo los modos de actualización.
También las partes podrán realizar los acuerdos que consideren convenientes acerca de los bienes de la sociedad conyugal. A falta de acuerdo la liquidación de la misma tramitará por vía sumaria.
El juez podrá objetar una o más estipulaciones de los acuerdos celebrados cuando, a su criterio, ellos afectaren gravemente los intereses de una de las partes o el bienestar de los hijos. Presentada la demanda, el juez llamará a una audiencia para oír a las partes y procurará conciliarlas. Las manifestaciones vertidas en ella por las partes tendrán carácter reservado y no constarán en el acta. Si los cónyuges no comparecieran personalmente, el pedido no tendrá efecto alguno.
Si la conciliación no fuere posible en ese acto, el juez instará a las partes al avenimiento y convocará a una nueva audiencia en un plazo no menor de dos meses ni mayor de tres, en la que las mismas deberán manifestar, personalmente o por apoderado con mandato especial, si han arribado a una reconciliación. Si el resultado fuere negativo el juez decretará la separación personal o el divorcio vincular, cuando los motivos aducidos por las partes sean suficientemente graves. La sentencia se limitará a expresar que dichos motivos hacen moralmente imposible la vida en común, evitando mencionar las razones que la fundaren".

SEXTO PASO: UNA VEZ CUMPLIDO EL PROCEDIMIENTO JUDICIAL PARA EL TRÁMITE DEL DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO, SE DICTARÁ LA SENTENCIA.
Una vez dictada la sentencia y cada cónyuge deberá abonar nuestros honorarios y aportes y se oficiará al Registro Civil correspondiente la inscripción de la misma.


CUALES SON LOS COSTOS QUE TIENE TRAMITAR EN ROSARIO UN DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO?
Solicitamos un ANTICIPO DE GASTOS DE PESOS CIEN ($100) para cubrir gastos judiciales para iniciar el expediente y una vez dictada la sentencia de divorcio, se solicitará a cada cónyuge que abone los honorarios regulados judicialmente, para poder así inscribir posteriormente el divorcio en el Registro civil respectivo.
Según nuestra LEY DE HONORARIOS 6767 REFORMADA AÑO 2008, fija la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($1200) como regulación mínimo de honorarios por cada parte en un Divorcio por Mutuo Acuerdo, sin hijos, tenecia, sin alimentos. Cada Cónyuge deberá abonar a nosotros dicha regulación. Los honorarios pueden aumentar si se pacta Cuota Alimentaria, Tenencia de Hijos, Visitas, Convenio Extrajudicial de División de Bienes.
QUE OTRA ALTERNATIVA EXISTE PARA DIVORCIARSE UN ROSARINO SI NO ESTAN DE ACUERDO AMBOS CÓNYUGES?
Si no puede divorciase de común acuerdo con su cónyuge, puede DIVORCIARSE EN FORMA CONTENCIOSA por la causal Objetiva prevista en el artículo 214. inciso 2 del Código Civil Argentino, cuando llevan mas de tres años de no convivencia o separado de Hecho. En ese caso deberá probarse por distintos medios: Constancia de la Policia de Retiro del Hogar, Testigos, Documentos.
SI UNO O AMBOS CÓNYUGES ROSARINOS RESIDEN EN EL EXTRANJERO, PUEDEN DIVORCIARSE EN ROSARIO?
Si, igualmente pueden divorciarse en Rosario por mutuo acuerdo o contenciosa por estar separado de hecho por mas de 3 años, siempre y cuando el último domicilio conyugal de los cónyuges fuera en Rosario. Lo único que para comparecer en el Expediente deberán enviarnos a nuestra oficina un PODER ESPECIAL PARA JUICIO APOSTILLADO.



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